En 2008 y luego de varios años de juicio, la Cámara de
San Martín habilitó la apertura de un camino en la Reserva de Otamendi en un
fallo firmado por los integrantes de la Sala I -integrada por los doctores
Lugones, Barral y Fossati- ratifica lo dictaminado por el juez Federal de
Campana, Federico Faggionatto Márquez, aunque introduce algunas modificaciones
mínimas en el trazado del camino, con el objetivo de evitar daños mayores sobre
la Reserva.
En 2005, Faggionatto Márquez había desestimado una
acción de amparo promovida por Rodolfo Nelson González, dueño de 448 hectáreas,
86 áreas y 49 centiáreas ubicadas en el paraje "Los Ciervos", con
frente al río Paraná de las Palmas y sin acceso terrestre. González, en
representación de la firma Brenna y Asociados, reclamaba la reapertura al uso
público de un camino que forma parte de la Reserva desde su creación, en 1990,
para de esa manera poder acceder por vía continental a sus tierras. En primera
instancia el juez había tenido en cuenta la audiencia pública que se realizó en
Belén de Escobar el 23 de julio de 2001, donde distintos especialistas e
interesados expusieron sus argumentos y concluyeron en una rotunda negativa a
la creación de ese camino, basándose en el negativo impacto que esto generaría
al área natural protegida por el Estado nacional.
Es conocido que Brenna y Asociados, tenían
planificado realizar movimientos de tierra para realizar una urbanización
denominada “pueblo ecológico” aunque básicamente es un área residencial de más
de 300 hectáreas, con 3 barrios náuticos, una villa marítima, un centro
comercial, cancha de golf y una bahía náutica (http://urbanizacion.com/norte/partidosnorte/campana/grandesemprendimientos/puertopalmas.htm.).
Básicamente un mega barrio estilo Nordelta.
Sin embargo, en aquel momento el código de ordenamiento ambiental del partido de Campana no habilitaba este tipo de emprendimiento.
Sin embargo, en aquel momento el código de ordenamiento ambiental del partido de Campana no habilitaba este tipo de emprendimiento.
A partir del 2013, la zonificación para el
Paraje Los ciervos (ver mapa 1), zona de pequeños productores forestales
diversificados, ultimo relicto de las poblaciones de ciervo de los pantanos en
el continente y área de amortiguamiento de la Reserva Natural Otamendi, ha
quedado con el código C-DUE (Desarrollo de Urbanizaciones Especiales).
Ante
todos los antecedentes sobre:
-
las inundaciones ocurridas en el valle del rio Lujan en el último mes de
octubre de 2014, especialmente en el barrio rio Lujan, partido de Campana,
-de
todos los mega barrios y parques industriales (mas otras obras) que vienen
sumando efectos negativos en la dinámica de la cuenca del rio Luján y con
ello a los vecinos.
-de
que existe un informe de impacto ambiental de 3 tomos con más de 600 páginas
que explica sobre los efectos de la construcción de un camino en el área mas
importante de la RNO, donde anidan más de 300 especies de aves y ha sido
declarado Sitio Ramsar de valor internacional.
-
de que están todas las condiciones legales (según el código actual) dadas
para que los inversores inmobiliarios construyan el camino y un mega barrio
en el Paraje Los Ciervos
-pero
que el Gdor. De la Pcia. De Buenos Aires Scioli junto a la autoridad del agua
acaba de parar una obra en un country de Pilar ubicado en el margen del rio
Lujan llamado Verazul. (http://vecinosdelhumedal.blogspot.com.ar/2014/11/tras-los-cruces-con-el-massismo-scioli.html)
Los
vecinos pedimos a las autoridades pertinentes (Municipio de Campana, OPDS, Autoridad
del Agua, Hidráulica, Comité de Cuenca del rio Lujan, etc.), se vuelva a
analizar el expediente la categorización del Paraje Los ciervos en el Codigo
de Ordenamiento Urbano Ambiental de Campana y evalúen correctamente todos los
proyectos de obras presentados para esta zona y con estas características
antedichas. Asimismo, pedimos que pongan en valor los servicios ambientales
que provee la RNO, la Cuenca del rio Lujan y colaboren en el desarrollo de
aquellos pobladores y productores de los alrededores.
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Sobre
la Reserva Natural Otamendi.
La Reserva ocupa unas 3000 has. con aprox. el
90 % de zonas bajas e inundables, por lo que, dada su ubicación geográfica
dentro de la zona más densamente poblada del país, presenta una enorme
importancia como humedal. La Reserva ha sido el 1º AICA (Área de Importancia
para la Conservación de las Aves) del país y fue declarada Sitio Ramsar el 22
de marzo de 2008 “Día Mundial del Agua”.La Convención sobre los Humedales,
firmada en Ramsar, Irán, en 1971, es un tratado intergubernamental que sirve de
marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la
conservación y uso racional de los humedales y sus recursos. Hay actualmente
158 Partes Contratantes en la Convención y 1755 humedales, con una superficie
total de 161 millones de hectáreas, designados para ser incluidos en la Lista
de Humedales de Importancia Internacional de Ramsar.
Algunos de los
objetivos de la RNO son:
Conservar
ambientes naturales de la Región Pampeana y el Delta del Río Paraná a través de
un manejo adaptativo y permanente de sus procesos naturales, sus hábitat,
su flora y su fauna.
Ofrecer
un ámbito de participación activa de la comunidad local en la planificación y
manejo del área protegida, para lograr su involucramiento en la
conservación y para que ésta aproveche los servicios y beneficios que el
área le ofrece de un modo sustentable.
Proteger
las funciones naturales del área como regulador de inundaciones y depurador
de aguas, las cuales constituyen servicios ambientales beneficiosos para
la población local.
Valorizar
la existencia de reservas naturales en regiones con alto grado de modificación,
por su condición relictual o de rareza dentro de ese contexto.
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