El comité estará facultado para planificar, coordinar, ejecutar y controlar un Plan de gestión integral, el ordenamiento territorial ambiental, realizar cualquier tipo de acto jurídico o procedimiento administrativo para evitar inundaciones.

El comité estará facultado para planificar, coordinar, ejecutar y controlar un Plan de gestión integral, el ordenamiento territorial ambiental, realizar cualquier tipo de acto jurídico o procedimiento administrativo necesario y promover las expropiaciones y relocalizaciones que sean necesarias.
En los fundamentos del proyecto se da cuenta de las graves consecuencias producidas por el desborde del río a causa de las continuas precipitaciones pero también por los efectos del urbanismo privado sobre los humedales de la cuenca baja del Río Lujan.
Cabe recordar que la cuenca del Río Lujan posee una superficie de 2690 kilómetros cuadrados, y atraviesa parcialmente los distritos de Suipacha, Mercedes, General Rodríguez, Luján, San Andrés de Giles, Exaltación de la Cruz, Pilar, Escobar, San Fernando, Tigre, campana, Malvinas Argentinas, José C. Paz, Moreno y Chacabuco. El comité por crear estará autorizado -según establece el proyecto- a gestionar créditos internacionales para la realización de las obras estructurales de saneamiento.
Fuente: Parlamentario.com
Texto Completo del Proyecto
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