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Propuestas y recomendaciones de la sociedad para enfrentar el cambio climático y mejorar la sustentabilidad ambiental de la Cuenca del Río Luján

Documento de propuestas y recomendaciones de la sociedad civil para enfrentar el cambio climático y mejorar la sustentabilidad ambiental de la Cuenca del Río Luján
Coordinación: Fundación Humedales y Fundación Biósfera
Diagnóstico de su situación de la Cuenca del Río Luján
El río Luján nace en el partido de Suipacha, y recorre 160 km hasta desembocar en el Río de la Plata. Este río y sus 71 arroyos tributarios conforman la cuenca que ocupa una superficie total de 3.440 km2 y atraviesa los partidos de Suipacha, Mercedes, General Rodríguez, Luján, San Andrés de Giles, Carmen de Areco, Chacabuco ,Exaltación de la Cruz, Pilar, Campana, Escobar, San Fernando, Tigre, Malvinas Argentinas, José C. Paz y Moreno
La Cuenca del Río Luján posee un valioso patrimonio natural. En ella se hallan representadas tres ecorregiones argentinas: la Pampa, el Delta e Islas del Paraná y el Espinal, albergando una rica diversidad biológica. Sus extensos humedales cumplen importantes servicios ecosistémicos 1y su subsuelo aloja el acuífero Puelche, de alto valor estratégico pues es la principal fuente de agua de consumo de los habitantes de buena parte del Conurbano Bonaerense, así como de sus industrias y regadíos.
También su patrimonio cultural es relevante. Entre otros, se destaca la existencia de yacimientos paleontológicos de la megafauna pampeana y yacimientos arqueológicos relacionados con la cultura Querandí. Es, además, el asiento de la Basílica de Luján, principal centro religioso del país.
La Cuenca del Río Luján fluye por zonas con importantes asentamientos humanos, reuniendo una población que representa el 10 % del total bonaerense (1.570.000 habitantes). A lo largo de la cuenca se identifican diferentes patrones de uso de la tierra. En la cuenca alta hay una predominancia de actividades agropecuarias, luego se van sumando las industriales y los desarrollos inmobiliarios privados (countries y barrios cerrados) que son muy notorios sobretodo en la cuenca media-baja.
El fenómeno de expansión de las urbanizaciones cerradas se ha convertido en uno de los agentes de cambio socio-espaciales de mayor peso. Así, el ordenamiento territorial de la cuenca ha quedado fundamentalmente librado a agentes económicos privados, en vez de ser diseñado estratégicamente por el Estado. Este proceso de producción y apropiación del espacio ha generado cuantiosos beneficios a estos agentes, pero también externalidades que debe pagar el conjunto de la sociedad. Entre estas externalidades se cuentan fuertes desequilibrios ambientales y sociales.
El desarrollo de urbanizaciones y otras obras de infraestructura en zona de humedales, a través de la construcción de terraplenes, rellenos, excavaciones y refulados, alteran drásticamente estos ecosistemas provocando la pérdida de bienes y servicios ecosistémicos claves y disminuyen la transparencia hidráulica. Simultáneamente, han producido una fragmentación urbana, con áreas de fuerte contraste socioeconómico.
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Los servicios ecosistémicos pueden definirse como los “beneficios que la gente obtiene de los ecosistemas”. Estos pueden clasificarse en servicios de aprovisionamiento (provisión de alimento, agua, etc), servicios de regulación (como la regulación de inundaciones, sequías y enfermedades), servicios de apoyo (formación de suelo, ciclado de nutrientes, etc) y servicios culturales (recreacional, espiritual, religioso, etc).
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Otros factores también han contribuido a modo de barreras, a alterar el normal escurrimiento de la cuenca. Existen puentes viales y ferroviarios que por su pequeño tamaño obstaculizan el paso de agua, mientras una cantidad indeterminada de canales agropecuarios drenan más rápido de lo normal el agua de lluvia de los campos (incluyendo humedales) hacia los arroyos.
La actividad agrícola orientada al monocultivo de soja produce una compactación del suelo y un aumento de la escorrentía por la pérdida de la vegetación natural. Esta actividad, además, aporta agroquímicos a las aguas del río Luján, el cual ya posee sectores fuertemente contaminados por la actividad industrial y por la basura arrojada por los vecinos, que forma diques de contención del agua.
A estos impactos antrópicos a escala regional, se suma otro de escala global, el Cambio Climático, que en la cuenca se traduce en intensas lluvias. Ambas intervenciones confluyen para producir reiteradas inundaciones, como las acaecidas en los años 2012, 2014 y 2015, en las que hubo pérdidas de vidas humanas, riesgos para la vida y salud y millonarias pérdidas materiales.
A fin de gestionar la cuenca de una manera sustentable e integral, considerando a este espacio como unidad territorial no sólo en sentido geográfico sino también político, es que cobra relevancia la idea de conformar un comité de cuenca. El primero data del año 1986 y luego le suceden otros, mostrando las dificultades de conciliar los intereses de las distintas jurisdicciones. En el año 2015 se crea el COMILU -Comité de Cuenca del Río Luján- (Ley No. 14.710 y su modificatoria No. 14.865)- Este ente autárquico es el que, entre otros aspectos, tiene a cargo la gestión de obras propuestas por el “Plan Integral y Proyecto de Obras de Regulación y Saneamiento del río Luján”. Este estudio de prefactibilidad fue elaborado por la Consultora Serman & Asociados S.A. a solicitud de la Dirección Provincial de Obras Hidráulicas (DIPSOH) de la provincia de Buenos Aires y surgió esencialmente como una necesidad de dar respuestas a la problemática de las inundaciones. El mismo resulta una herramienta importante, pues recopila información de base de la cuenca y genera un modelo matemático que permite predecir, dentro de ciertos límites, el comportamiento del río y sus tributarios en distintas situaciones climáticas.
No obstante, el enfoque del Plan –en la búsqueda de una solución a la problemática de las inundaciones-, es esencialmente hidráulico y no ecosistémico. Las obras propuestas buscan resolver el problema de las inundaciones sin enfocarse en la erradicación de sus causas, como son la pérdida de humedales por el avance de las mega-urbanizaciones. Es decir, se pone el acento en desagotar rápidamente los excedentes hídricos generados por las lluvias intensas, sin considerar las consecuencias ambientales de las medidas a tomar.
Taller de construcción ciudadana
A continuación se sintetizan las propuestas y recomendaciones surgidas en el taller “Construcción ciudadana de propuestas para la mitigación de las inundaciones y el cambio climático en la Cuenca del Río Luján”, realizado en la ciudad de Luján el día 8 de noviembre de 2016, organizado por la Fundación Humedales / Wetlands International, Fundación Biosfera y Delta Alliance Argentina 2. Participaron del taller 45 representantes de organizaciones de la sociedad civil, ONGs ambientales, vecinos de la cuenca, técnicos de organizaciones gubernamentales, representantes de la consultora Serman & Asociados S.A. y profesionales de las universidades de Buenos Aires y Luján.
Las propuestas y recomendaciones surgidas de este encuentro toman como antecedente clave las recomendaciones elaboradas por la Comisión Asesora del Comité Regional de la Cuenca Hídrica del
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Esta actividad fue realizada en el marco del proyecto “Mejorando la resiliencia al cambio climático en la Cuenca del Río Luján: Participación ciudadana para resolver el problema de las inundaciones”, con el apoyo del Fondo Canadá para Iniciativas Locales.
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Río Luján, a las que se sumaron, en 2015, las de otros actores locales que conforman la Red de Organizaciones y Vecinos de la Cuenca del río Luján.
Estas propuestas y recomendaciones se organizan en cuatro secciones: 1) Institucionalidad y gestión de la cuenca, 2) Ordenamiento territorial, 3) Estudio de prefactibilidad y 4) Otros aspectos.
Nuestras propuestas y recomendaciones
Institucionalidad y gestión de la cuenca
1. Nombrar a las autoridades del COMILU (Presidente y Directorio) y establecer claramente los límites de la cuenca que fueron obviados en la Ley No. 14.710. Asegurar en el COMILU la representación de todos los municipios de la cuenca y definir los mecanismos de participación ciudadana en el Consejo Consultivo. Tanto el Comité como el Consejo Consultivo deberán representar a toda la cuenca, y no desagregarse en dos sectores (A y B), como se ha hecho durante los últimos años, a fin de lograr una gestión efectivamente integral.
Ordenamiento territorial
2. Reconfigurar el ordenamiento territorial de la cuenca, siguiendo los lineamientos establecidos por la Ley No. 25.675 en sus Art. No. 9 y 10, a fin de asegurar que las distintas actividades y asentamientos antrópicos se realicen y localicen considerando la realidad ecológica y sociocultural de cada zona o región. En ese sentido, la determinación de las áreas de riesgo y las previas Evaluaciones de Impacto Ambiental individuales y acumulativas de dichas actividades y asentamientos, deberán ser consideradas una prioridad.
3. Priorizar la determinación de las Áreas de Riesgo Hídrico, sin desmedro de la demarcación de la línea de ribera atendiendo a criterios geomorfológicos y según se establece en la Ley 12.257 (Código de Aguas y su Decreto reglamentario No. 3511).
4. Erradicar o reacondicionar los asentamientos precarios de pobladores en áreas de riesgo hídrico, de manera de resolver el problema habitacional de sus ocupantes que son quienes más padecen el impacto de las inundaciones.
5. Detener los emprendimiento urbanísticos en desarrollo en áreas de humedales y planicie de inundación del río Luján, que no se adaptan ni respetan la integridad ecosistémica 3 de los humedales.
6. Revisar la situación legal de las urbanizaciones cerradas -en particular las de tipo polderizadas- , industrias y otros, construidos en el ámbito de la cuenca en las últimas décadas, en función del cumplimiento de las normativas hidráulicas, ambientales y urbanísticas. Como resultado de dicha revisión y, de ser necesario, debería considerarse la posibilidad de relocalizar algunas de las urbanizaciones cerradas e industrias en áreas polderizadas, las que han sido construidas a expensas de la pérdida de humedales, resultando en la disminución de la capacidad de regulación y retención de los excedentes pluviales. Al respecto, se recomienda realizar una modelización matemática del
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Conservar la integridad ecológica se refiere a conservar de la mejor manera posible, la composición, estructura y funcionamiento del sistema ecológico; en nuestro caso claramente ligado al funcionamiento hidrológico natural y original.
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comportamiento de la cuenca que contemple los escenarios que resultarían de esa relocalización.
7. Crear nuevas áreas protegidas en zonas estratégicas de la cuenca, contribuyendo a mejorar la conectividad biológica con las reservas públicas y privadas ya existentes, a la conservación de la biodiversidad y al almacenamiento de agua de lluvia.
8. Identificar e implementar acciones de restauración ecológica en aquellos casos en que sea
necesario para devolver la funcionalidad ecosistémica a la cuenca.
9. Eliminar los canales clandestinos realizados por productores y empresarios privados y revisar el estado actual y las consecuencias de las canalizaciones realizadas y proyectadas por el Estado (tanto provincial como municipal), en función de una visión integral de la cuenca y a la luz de la información aportada por el “Estudio de prefactibilidad Plan Integral y Proyecto de obras de regulación y saneamiento del río Luján” realizado por la Consultora Serman & Asociados S.A. Esta revisión debería ser la base para tomar decisiones sobre la necesidad de eliminar varios de estos canales.
10. Eliminar los basurales a cielo abierto en áreas de humedales y gestionar los residuos sólidos urbanos según lo estipulado por la Ley de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos No. 13.592.
Estudio de prefactibilidad de eventuales obras hidráulicas
11. Ampliar el análisis de la situación de la cuenca incluyendo otras perspectivas -además de la hidráulica-, y considerando opciones de intervención que prioricen las medidas de carácter no estructural, antes de iniciar obras estructurales que tendrán un impacto ambiental significativo, tales como el ensanchamiento del cause del río a lo largo de casi 50 km.
12. Revisar el cumplimiento de lo normado por la Ley General del Ambiente No. 25.675 y la Ley Provincial Integral del Medio Ambiente y los Recursos Naturales No. 11.723, que establecen que para cualquier propuesta de obra hay que realizar la correspondiente Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), efectuar la correspondiente audiencia pública de manera previa y obtener la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) favorable, expedida por la autoridad competente, el Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable (OPDS), de la provincia de Buenos Aires.
13. Realizar, además de las Evaluaciones de Impacto Ambiental individuales correspondientes a cada obra, una evaluación de impactos acumulados a escala de la cuenca, con su correspondiente audiencia pública como instancia participativa previa a otorgar la DIA de acuerdo a lo normado por la Ley General del Ambiente No. 25.675. Asimismo, es fundamental la realización de una Evaluación Ambiental Estratégica del Plan. Esto resulta relevante y es un insumo prioritario para lograr un adecuado Ordenamiento Territorial que incluya un eventual plan de obras de este tipo.
14. Definir la disposición final de los lodos a extraer del cauce del río y de los canales que se pretendan ensanchar (como es el caso del Canal Santa María, ubicado dentro de un área protegida) -los cuales podrían presentar diferentes grados de contaminación- y de la tierra resultante del eventual ensanchamiento de dichos cauces, ambos resultantes del gran movimiento de suelos propuesto por el Plan.
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15. Revisar la ubicación de las obras propuestas por el Plan, tales como las Áreas de Retención Temporal de Excedentes Hídricos (ARTEH), analizando no sólo los aspectos hidráulicos sino también los ambientales y aquellos que hacen a la conservación del patrimonio cultural. Una alternativa a dichos reservorios que no ha sido considerada en el Plan, es la restauración de humedales degradados por diferentes obras de infraestructura (urbanizaciones cerradas, canales agropecuarios clandestinos) y la preservación de los humedales que se mantienen en buen estado en la zona alta de la cuenca, los cuales podrían cumplir la función propuesta para las obras de ARTEH.
16. Aumentar la cantidad de datos que alimentan el modelo al pasar de la instancia de prefactibilidad a la de definición de obras: además de lo considerado en el punto anterior, es necesario recabar, por ejemplo, más datos pluviométricos a fin de lograr una modelización más representativa del comportamiento hidráulico de la cuenca.
17. Incluir el costo anual de mantenimiento a lo largo del horizonte de diseño de la obra utilizando por ejemplo, la metodología del Valor Presente Neto. El enfoque metodológico planteado no permite evaluar alternativas que contemplen los beneficios económicos asociados a la preservación y recuperación de los humedales de la cuenca.
18. Proponer e implementar mecanismos que aseguren fehacientemente un alto grado de
participación ciudadana en la implementación del Plan, en relación con:
• El seguimiento de las obras y la ejecución del presupuesto para su realización, permitiendo el acceso a la información sobre los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares y Especificaciones Técnicas del proyecto, la apertura de ofertas, la modalidad de ejecución de la obra, etc. Además deben implementarse las veedurías ciudadanas para el control de las eventuales obras una vez finalizadas (Establecidas por el Decreto 148/03).
• Un Sistema de Alerta Temprana (que anticipa las inundaciones y adopta las medidas necesarias para mitigar sus efectos). Es necesario informar a la población acerca de los eventos climáticos, centros de evacuación, etc, a través de medios de comunicación masiva, números telefónicos gratuitos, etc.
• Un Plan de Contingencia. Se debe elaborar e implementar de manera consensuada con la sociedad civil de la cuenca, desarrollando modelos que, entre otros aspectos, simulen el comportamiento del escurrimiento en los centros urbanos tomando en consideración el conocimiento tradicional de los pobladores locales.
• A fin de asegurar una participación ciudadana conciente y basada en información veraz, es fundamental el acceso a la información pública consagrada por la Ley No. 25.675.
Otros aspectos
19. Realizar un relevamiento del marco legal vigente para la cuenca a distintas escalas (municipal, provincial, nacional), a fin de lograr su armonización y, de esa forma, contribuir a un manejo realmente integral de la cuenca.
20. Realizar un inventario de las industrias asentadas en la cuenca como base para efectivizar los controles que prevé la legislación vigente (como la Ley No. 5965 y otras, en lo relativo al vuelco de afluentes industriales en cuerpos de agua). Existen tramos del río Luján donde la
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contaminación es notoria, convirtiendo a la emergencia hídrica en una emergencia sanitaria, pues la población queda más expuesta a una amplia variedad de contaminantes. Se recomienda el monitoreo continuo de la calidad del agua bajo una veeduría ciudadana, así como la difusión de sus resultados.
21. Protocolizar las denuncias por contaminación de las aguas cuando las mismas sean registras (in situ) por cualquier ciudadano o institución. De manera de hacerlas factibles y estandarizadas. A tal fin, pueden elaborarse planillas y establecerse números telefónicos o contactos.
22. Revisar las concentraciones máximas permitidas para el vuelco de los distintos contaminantes, en función de sus potenciales impactos acumulados y de la capacidad de acogida del río Luján y sus tributarios.
23. Reforestar con especies nativas todas las zonas impactadas por las eventuales obras de perfilado de cauce y eliminar las especies exóticas como la Acacia negra cuando sea posible (reforestando con especies nativas las áreas intervenidas). 4
24. Proteger el patrimonio cultural de la cuenca de acuerdo a lo normado por la Ley Nacional No. 25.743 (Ley de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico). Para contribuir a la protección de dicho patrimonio, se recomienda la creación de un Observatorio del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico (OPAP) que centralice las tareas relacionadas, como ya lo hacen otros observatorios existentes en la provincia de Buenos Aires. Es indispensable la participación de los pueblos indígenas y/o comunidades en la administración del patrimonio que es parte de su acervo histórico y cultural, tal como lo establece el Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), la Constitución Nacional en su Artículo 75 inciso 17 y la Ley Nacional de Restitución de restos aborígenes No. 25.517 y su Decreto Reglamentario 701/10.
Adherentes
• Fundación Humedales / Wetlands International Argentina
• Fundación Biosfera, Campana
• Delta Alliance Argentina
• Fundación Cambio Democrático
• Reserva Natural Otamendi, Administración de Parques Nacionales
• Grupo de Investigación en Ecología de Humedales, Universidad de Buenos Aires
• Instituto de Ecología y Desarrollo Sustentable, Universidad de Luján / CONICET
• Asociación Patrimonio Natural, Pilar
Debe tenerse en cuenta que usamos aquí el término “reforestar” en sentido amplio, ya que lo que se propone es restaurar la vegetación nativa de los humedales de la cuenca que no es necesariamente arbórea (como el sauce criollo y el ceibo previstos en el Plan de Serman & Asociados S.A., los que, si bien son nativos, no necesariamente eran naturalmente abundantes en la cuenca del río Luján en el pasado). Esto incluye, por ejemplo, la recuperación de los distintos tipos de pajonales originales que cumplen en mayor medida, con funciones ecológicas importantes como la amortiguación de inundaciones, retención de contaminantes y sumideros de carbono, entre otros.
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• Asociación Ambientalista del Partido de Escobar
• Vecinos en defensa de Los Cardales y Río Luján, Los Cardales
• Asociación Ambientalista Los Talares, Ingeniero Maschwitz
• S.O.S. Hábitat, Mercedes
• Biblioteca Popular y Museo José Manuel Estrada, Suipacha
• Asamblea Delta y Río de la Plata
• Inundaciones Nunca Más, Luján
• Recuperemos la Quinta Cigordia, Luján
• Movimiento en Defensa de la Pacha, Tigre

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Inundaciones Cuenca Río Luján

Inundaciones Cuenca del Río Luján y Delta del Paraná: "La destrucción del ambiente y el acaparamiento del cauce de los ríos son delitos contra la humanidad"- síntesis y audio de la audiencia judicial del 30-11-2016
El día miércoles 30 de noviembre tuvo lugar la Audiencia Oral y Pública en el marco de la causa por las catastróficas inundaciones "Estrago con Peligro de Muerte” Nº 21740 a cargo del Juez Federal  Adrián González Charvay, que fuera iniciada en el año 2011 por la destrucción de los cauces mayores de los ríos y arroyos de la cuenca del río Luján y los humedales del Delta del Paraná, principal reserva de agua a nivel nacional de las que se abastecen y benefician más de 10 millones de argentinos-; y que cumple la importante función de contener y conducir el agua hacia la desembocadura en el río de La Plata tanto en épocas de crecientes como de aguas bajas.
La Audiencia estuvo a cargo del Dr. Juan Pablo Salas y Dr. Marcos Morán, responsables de resolver sobre los reclamos de la parte denunciante. Sólo estuvieron presentes dos de los tres jueces que integran la Sala I de la Cámara de Apelaciones de San Martín, el Dr. Fernández Marcelo Darío se excuso por tener un terreno en el barrio cerrado "El Cantón" en Escobar, uno de los emprendimientos denunciados.
Para acceder a la síntesis, imágenes  y el audio de la audiencia judicial ingresar a http://aapescobar.org/2016/12/22/audienciahumedales/

Observatorio del Paisaje en Exaltación de la Cruz

El último 29 de noviembre en la Escuela Nº 5 de Parada La Lata, fue engalanada de flores y banderines multicolores para recibir a los participantes del  FORO DE REFLEXION DE NIÑOS Y ADOLESCENTES POR EL PAISAJE DE EXALTACION DE LA CRUZ.
Sobre las paredes de la escuela “Manuel Belgrano “ se pegaron posters con imágenes , fotos y dibujos que reflejaban conceptos y definiciones principales  sobre el paisaje , expresados en el 2º documento de la Red Argentina del Paisaje “El paisaje y el hombre”- Carta de Mendoza 2009,
Así,  frases como “paisaje propio”, “calidad de vida”, “derecho al paisaje”, “identidad y pertenencia”  eran rodeadas de imágenes alusivas.

El foro en si mismo  estableció claramente las preferencias sobre el paisaje rural, la calidez de la gente que lo habita, la paz del lugar, el valor de un paisaje sano y cuidado, el amor por el paisaje propio, el cuidado del ambiente y el entorno  y remarcó la necesidad de cuidarlo, protegerlo y hacernos responsables del mismo.
La problemática se centró en el estado  de los caminos que van a las escuelas rurales y que en época de lluvias no permiten el acceso a las mismas.  Propuesta: mejorarlos sin asfaltarlos, para no perder identidad rural.  ( Etchegoyen ,  Chennaut, La Lata ) y en La basura : dispersa en lugares que no corresponden, afeando el paisaje y propiciando olores desagradables y enfermedades –
Propuesta : concientizar a la comunidad para el cambio de actitudes. ( Barrio Marin)
El objetivo general:  preservar la ruralidad y mejorar y cuidar el paisaje para una mejor calidad de vida.
Participaron estudiantes de las escuelas Nº 16 de Etchegoyen. Escuela  Nº10, Nº4 , ENNS 3 Barrio Marin  de Capilla, Nº 15 de Chenaut. Alumnos del ASE CAJ , y los alumnos anfitriones
Las autoridades también estuvieron presentes: LA Directora de la escuela Prof. Silvana Lizarraga y el Director de Cultura Prof. Alberto Balada, iniciaron el encuentro con el discurso de apertura,  haciendo mención a las actividades del Observatorio del Paisaje de Exaltacion de la Cruz que ya cumple 3 años de vida.


 Las inspectoras de  Nivel Primario Roxana Firpo,   de Artística Ana Laura Miceli y de Nivel medio Lourdes Benitez Pereira, nos dieron la bienvenida en nombre de la Inspectora Jefe Regional Prof. Stella Maris Fornas y la Inspectora jefe distrital Karina Robles.

Alumnos de  la escuela secundaria de medios audiovisuales y de comunicación tomaron fotos y filmaron la actividad para editar el material de la jornada.

También participaron del encuentro Los  estudiantes de la EENS nª3 del Barrio Marin, quienes participan de la radio “voces del Marin “ ( 107,1 – sabados de 9 a 13 ) , propuesta de comunicación coordinados por Patricia Arrigoni y  Santiago Perlo de ASE CAJ ,

El foro de Reflexión por el paisaje de Exaltación  fue coordinada por Maribel Pérez Molina y Nora Lifschitz, integrantes del área Técnico- perceptual del Observatorio del Paisaje de Exaltación de la Cruz, quienes agradecen a alumnos y docentes  la amable y comprometida participación en la jornada.  

Se aprobó la Ley de Humedales!!

2016 12 01 

Se aprobó la Ley de Humedales a medida de los gobiernos provinciales

En la noche de ayer, el Senado de la Nación finalmente le dio sanción a la Ley de Protección de Humedales. A pesar de tratarse de una legislación nacional de presupuestos mínimos de carácter federal, varios artículos fueron modificados incluso durante la misma votación para darle una mayor injerencia a las Provincias, con gobiernos que quieren continuar profundizando el modelo extractivo. Algunos senadores impusieron así la posibilidad de decidir las áreas que serán explotadas con fines productivos, con criterios laxos en el ordenamiento territorial de humedales, y sin moratoria. 

Senadora De La Rosa impuso cambios al proyecto de Pino Solanas.

La coyuntura no resultaba favorable. A pesar de que las organizaciones sociales y ambientales llevan trabajando tres años en la discusión específica de la Ley, algunos senadores expresaron hasta ayer mismo desconocer de qué se trata el proyecto. En ese marco, la semana pasada el recinto votó que se volviera a discutir en comisiones, a pesar que sólo restaba una sesión ordinaria. Algunas voces advirtieron que la Ley estaba "herida de muerte", pues corría grave peligro de perder estado parlamentario. En este contexto, debieron aceptarse negociaciones de último momento, que le restan poder a la iniciativa legislativa como herramienta para proteger los humedales.

Así, el futuro de estos ecosistemas que tienen gran responsabilidad en regular los ciclos hidrológicos, incluyendo la posibilidad de mitigar las inundaciones severas, estuvo signado por una dinámica parlamentaria particular. En el debate previo, el senador Fernando Pino Solanas (Proyecto Sur) -autor principal del dictamen de mayoría- intentó enfatizar que "lo siento como un proyecto de todos". Aclaró que "promovimos un gran debate desde mayo", convocando a dos audiencias públicas. Aún así, "no fue suficiente" y a pedido de senadores "se hicieron 26 modificaciones", incluyendo cambios en 18 de los 20 artículos de lo que fuera presentado como el proyecto de consenso.

En esa instancia, como en los días previas fue el senador Alfredo De Angeli (PRO - Cambiemos) el encargado de sembrar dudas: "Nosotros estamos muy preocupados, porque tenemos que volver a las provincias y contarles a los productores por qué se votó la Ley de Humedales". También advirtió que con la Ley no se podrían realizar obras de infraestructura de defensa de las inundaciones porque se harían sobre humedales, cuando justamente son estos ecosistemas los que naturalmente previenen de las inundaciones severas. En los días previos, se conoció que el Ministro Rogelio Frigerio tiene interés en construir un barrio náutico en Villa Paranasito, sobre humedales entrerrianos. De Angeli  se mostró preocupado porque "no se podrían construir caminos".

La letra achica


A la hora de la letra chica de la Ley de Humedales, sin embargo, fue la senadora Graciela De la Rosa (FpV), de Formosa, quien se encargó de corregir el llamado "proyecto de consenso", incorporando algunos cambios considerables con el argumento de defender a las provincias. Así por caso en la discusión del artículo 5°, la senadora incluyó  la potestad de las provincias como "autoridades competentes" de la Ley, y extendió de dos a tres años el plazo para confeccionar el Inventario de Humedales. Este último punto ya había sido presentado por el propio gobierno nacional, cuando lanzó su iniciativa de hacer el Inventario, expresó que "tomará al menos tres años". Resulta un dato importante, porque recién luego de esta tarea, las Provincias tendrán dos años más para hacer su "Ordenamiento Territorial de Humedales", según el artículo 12.

Este punto se conecta con otra cuestión clave: el proyecto resultante de la negociación y el consenso no incluye una cláusula precisa de moratoria respecto al avance sobre los humedales hasta tanto no se cuento con el inventario y el ordenamiento. Resulta así una Ley sin poder de acción efectivo, porque habrá al menos 5 años (3 de Inventario nacional, 2 de Ordenamiento provincial) para que se negocie la ocupación extractiva sobre los humedales. La herramienta de la moratoria resultó fundamental en la Ley de Bosques, sancionada en 2006, como recuerda María Eugenia Testa, ex integrante de Greenpeace. Sin moratoria, hay riesgo de mayor "corrupción y el otorgamiento especulativo de permisos". 

Otro aspecto regresivo del debate final en el recinto fue la exclusión explícita de los salares como ámbito de aplicación de la Ley, por pedido de la senadora Silvia Giacoppo (UCR) de Jujuy, con el fin confeso de no afectar los intereses de la minería de litio. Lo había intentado desde el principio la senadora Inés Blas (FpV), quien pidió alterar el objeto mismo de la Ley, pero en ese momento Pino Solanas logró que no se modificara. Sin embargo, con la excusa de que se incorporó un nuevo artículo más adelante, Giacoppo volvió a sacar el tema y se incluyó como artículo 14 -sin correlación alguna con los otros artículos- la excepción de los salares, agregando que "serán objeto de una regulación específica". 

¿Una cuota de optimismo?


La sanción definitiva de la Ley de Humedales, no obstante todas las falencias señaladas, aún puede resultar una herramienta útil para el movimiento ambientalista. Si tomamos los casos de las Leyes de Bosques y de Glaciares, que son antecedentes directos, como señaló la senadora Magdalena Odarda -otra de las impulsoras de esta Ley-, entonces se debe aprender de estas experiencias. Ninguna de esas legislaciones tuvo una aplicación efectiva en toda su magnitud, porque tal vez se descuidó el seguimiento de la normativa luego de conseguida la sanción. En el caso de Bosques tuvo cierta incidencia, ayudada por la moratoria, aunque la pelea fue desigual en las distintas provincias que hicieron su ordenamiento. En el caso de Glaciares, la tarea del Inventario recayó en la Nación, pero todavía su avance es muy lento y sin seguir las prioridades pautadas.

También el año pasado, cuando la Ley de Humedales corría riesgo de no ser tratada en Diputados, existieron voces críticas desde algunas organizaciones ambientalistas porque la legislación no representaría ningún punto concreto. Pero otras organizaciones, sobre todo con base en el Litoral, argumentaron la importancia de que existiera una Ley, y en ese sentido aún en el peor de los casos obliga a los gobiernos provinciales a tener que tratar la cuestión. De aquí entonces se abre una agenda a mediano plazo que debe seguirse en cada territorio, además de solicitar el Inventario a nivel nacional, pidiendo también incluso que haya legislaciones provinciales, que algunos senadores expresaron como la solución.

Por cierto que los graves problemas ecológicos, y en particular con el caso de las inundaciones severas, no admiten tiempos dilatados en tomar medidas concretas. La realización efectiva del Inventario de Humedales, en este punto, debe ser también otra herramienta para seguir poniendo el tema en agenda, a la vez que recordando su importancia ante eventos concretos como las inundaciones. Y mientras que la Ley le dio un lugar relevante a los gobiernos provinciales -como puerta para seguir con el extractivismo- debe serñalarse el carácter federal e incluso interjurisdiccional de muchos humedales. Con too ello, los dirigentes ambientalistas -provenientes de ONGs- involucrados en el gobierno nacional también deberían tomar partido definitivo por los humedales en la reglamentación y aplicación de la Ley.


Números

El proyecto en general, del dictamen de mayoría transformado en el proyecto de consenso, contó con 53 votos a favor, 5 negativos y 5 abstenciones. Sin embargo, los números fueron cambiando en la votación en particular, según la sensibilidad de los temas. El artículo 2° de definición de humedal contó sólo con 37 votos positivos. En el artículo 5°, la propuesta de Solanas tuvo sólo 14 votos, por eso se cambió la redacción por la presentada por De La Rosa que allí alcanzó 57 adhesiones.

El caso más particular fue con el artículo 15° (ex 13°) que definía las zonas del Inventario, puesto que la primera votación terminó empatada en 28, mientras que acto seguido ganó el rechazo al artículo original por 22 a 33. Esto le dio paso al nuevo artículo de De La Rosa -con mayor libertades en la gestión del recurso- por 46 votos a favor. De una manera similar se modificaron los artículos 19° (sanciones) y 20° (autoridad de aplicación de la Ley).

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